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	<title>Red Justicia Fiscal &#187; Delincuencia Financiera y Corrupción</title>
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	<description>Tax Justice Network</description>
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		<title>En Latinoamérica ha aumentado el lavado de dinero negro</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Jul 2010 22:12:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[En Portada]]></category>
		<category><![CDATA[blanqueo de dinero sucio]]></category>
		<category><![CDATA[crisis financiera]]></category>
		<category><![CDATA[Latinoamérica corrupción]]></category>

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		<description><![CDATA[El lavado de dinero negro ha aumentado desde que comenzó la crisis financiera, según relata Americaeconómica.com 8/7/2010]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En un análisis realizado durante la VI edición del Congreso ‘Antilavado de dinero y financiación al terrorismo’ que se celebra en Caracas, en el que participan 18 especialistas financieros internacionales, los expertos afirman que las operacones de lavado de dinero negro detectadas en Latinoamérica han aumentado como consecuencia de la crisis financiera y de la ausencia de más reglas que frenen su expansión.</p>
<p>En concreto, los entes supervisores han detectado un aumento en el lavado de dinero, ya que crecieron las actividades sospechosas en seis de las economías más importantes de la región.</p>
<p>México y Brasil son los países que aparecen a la cabeza en este problema. En Venezuela, la Unidad de Inteligencia Financiera adscrita a la Superintendencia de Bancos (Sudeban) informó de la detección de 705 casos durante el segundo semestre del 2009, un porcentaje de un 13,34% por encima de los casos encontrados en el mismo período del año anterior.</p>
<p>2009 fue el año más duro de la crisis, según el consenso de algunos analistas internacionales, y estas cifras demuestran, por lo tanto, la hipótesis del Congreso: el lavado de dinero negro aumenta en tiempos de crisis.</p>
<p>Según las palabras del asesor venezolano Alejandro Rebolledo, que participa en el Congreso, como revelan las noticias publicadas en diarios internacionales, la infiltración de las mafias en el mercado internacional, ayudadas por la corrupción y la falta de controles, pone de manifiesto la vulnerabilidad de los sistemas financieros.</p>
<p>La proliferación de las actividades sospechosas en las economías más importantes de Latinoamérica sumerge a los países en la penumbra del mercado negro. Pero este problema no se queda dentro de las fronteras latinoamericanas, sino que tiene una dimensión internacional, y está estimulado por el narcotráfico, el fraude y las estafas.<br />
En otros países, la corrupción y las inversiones en bienes raíces y en el sector de la construcción configuran caminos más sencillos para el enriquecimiento ilícito.</p>
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		<title>Informe del contexto político en México</title>
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		<pubDate>Sun, 28 Mar 2010 17:32:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redtjn</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[capitalismo]]></category>
		<category><![CDATA[Lationamérica]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>

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		<description><![CDATA[Por Daniel A. Luna Alcántara,
Defensor de Derechos Humanos en Chiapas y
miembro del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo. Enero de 2010
Un alegato documentado sobre la criminalización y persecución contra el movimiento anti-minero y defensores de derechos humanos corroborado por los datos en links que acreditan la denuncia.


México vive uno de sus peores momentos, marcado [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Por <strong>Daniel A. Luna Alcántara</strong>,<br />
Defensor de Derechos Humanos en Chiapas y<br />
miembro del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo. Enero de 2010</p>
<p><em>Un alegato documentado sobre la criminalización y persecución contra el movimiento anti-minero y defensores de derechos humanos corroborado por los datos en links que acreditan la denuncia.</em></p>
<p><em><br />
</em></p>
<p>México vive uno de sus peores momentos, marcado por una compleja crisis política, social y económica, que es atravesada por el violento reacomodo de los cárteles de la droga que se disputan mercados y rutas hacia el norte.  De modo paralelo, los intereses empresariales locales y transnacionales, continúan su marcha por afianzar el control de los recursos naturales e infraestructura estratégica.</p>
<p>En este contexto, que afecta fuertemente a las mayorías empobrecidas, movimientos de lucha social emergen por doquier. Ante ello el Estado Mexicano recurre a la represión, llevándola a grados superlativos mediante tortura sexual a mujeres, asesinatos selectivos y desaparición forzada de luchadores sociales, así como la más exacerbada criminalización de la legítima protesta popular.</p>
<p>Se vuelve cotidiano que el Estado Mexicano utilice como pretexto la llamada “guerra contra el narcotráfico y la delincuencia organizada”, para tratar mediática y judicialmente a cualquier movimiento social, como si fuese parte de un supuesto “crimen organizado”.</p>
<p>El caso que en seguida exponemos es un ejemplo paradigmático de ello. Su desenlace final aún es una incógnita, por lo existe una gran preocupación en las personas que nos hemos visto afectadas en este problema: defensores de derechos humanos y luchadores sociales de distintas organizaciones en Chiapas, así como sacerdotes comprometidos en el acompañamiento de sus pueblos.</p>
<p>En este informe mostramos detalladamente cómo el gobierno de Chiapas viola sistemáticamente no sólo los derechos humanos, sino todo tipo de legalidad instituida; además de evidenciar el uso perverso que hace de los recursos públicos, para controlar los medios de comunicación manipulando, ocultando o fabricando “información” con el fin de “justificar” ante la opinión pública sus atropellos al orden constitucional.</p>
<p><a href="http://www.redjusticiafiscal.org/cms/uploads/03-Informe-del-Contexto-de-Hostigamiento-y-Criminalización-al-FNLS.pdf">03 Informe del Contexto de Hostigamiento y Criminalización al FNLS</a></p>
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		<item>
		<title>DECLARACIÓN de NEW HAVEN sobre derechos humanos e integridad financiera</title>
		<link>http://www.redjusticiafiscal.org/delincuencia-corrupcion/declaracion-de-new-haven-sobre-derechos-humanos-e-integridad-financiera.html</link>
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		<pubDate>Fri, 15 Jan 2010 11:21:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redtjn</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[En Portada]]></category>
		<category><![CDATA[Opinión]]></category>
		<category><![CDATA[Paraisos Fiscales Offshore]]></category>
		<category><![CDATA[derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[países en vías de desarrollo]]></category>
		<category><![CDATA[pobreza]]></category>

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		<description><![CDATA[“Los derechos humanos y la integridad financiera están íntimamente ligados. Allí donde reina la pobreza se suelen incumplir también los derechos civiles, políticos y económicos. En la actualidad, en muchos países en desarrollo, estas situaciones de pobreza y opresión se ven sumamente agravadas por la existencia de enormes flujos de salida de capital ilícito –que exceden en varias veces el total de la ayuda al desarrollo“ ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A principios de diciembre 2009, un grupo inhabitual de 40 organizaciones y personas se reunieron en la Universidad de Yale, New Haven, para un debate acerca de los flujos de capitales ilícitos que salen de los países en desarrollo, la falta de transparencia en el sistema financiero global y el impacto que estos hechos tienen sobre los derechos humanos en todo el mundo. La reunión congregó a expertos en el campo de los derechos humanos y de la opacidad de las finanzas para explorar las similitudes en su labor y desarrollar una agenda común. Un equipo de <strong><a href="http://www.taxjustice.net/cms/front_content.php?idcatart=2">Tax Justice Network </a>/ Red por la Justicia Fiscal</strong> estuvo presente y participó activamente en ese debate.</p>
<p>El resultado de esa reunión ha sido publicado en inglés el 7 enero 2010 en forma de la  <strong>DECLARACION  de NEW HAVEN</strong> que inicia un nuevo partenariado entre los grupos que abogan por los derechos humanos y por la transparencia financiera.</p>
<p><strong>Hacemos pública abajo en castellano esta Declaración al mismo tiempo que dedicamos con tristeza un recuerdo a las víctimas inocentes de la desgracia, la miseria y la devastación que asolan Haití, la población más pobre de América.  ¿Devolverá por fin Suiza la fortuna que el clan familiar del dictador Duvalier robó al pueblo haitiano? ¿Habrá dinero pronto para alimentar y recuperar Haití como lo hubo para salvar Wall Street o la City de Londres?</strong></p>
<p>El mensaje de esta DECLARACIÓN es simple y claro: “<strong><em>la integridad financiera y los derechos humanos están intimamente vinculados</em></strong>” y la pobreza aumenta cuando el dinero se escapa ilícitamente de los países en lugar de invertirse en las necesidades básicas de las poblaciones de esos países donde se genera. Aunque aparentemente sin relación entre sí, hay un hilo conductor que une los flujos de dinero generados por el crimen, la corrupción y la evasión y el fraude fiscal con la necesidad de un sistema financiero en la sombra que facilite tales transacciones.</p>
<p>Y ese sistema opaco  ha crecido hasta tener un inmenso alcance con <strong>unos 70 paraísos fiscales en el mundo</strong>, unas jurisdicciones del secretismo que permiten el establecimiento y la operativa de entidades con titulares beneficiarios desconocidos, corporaciones empresariales encubiertas en cuentas fiduciarias millonarias, falsas fundaciones benéficas, abusivas trasferencias de costes-precios en transaciones comerciales transnacionales, técnicas de lavado de dinero sucio y agujeros en las legislaciones de los paises occidentales que facilitan el flujo del dinero ilicito a través de ese sistema financiero en la sombra para acabar al final en las arcas de los paises occidntales.</p>
<p>Algunos analistas apuntan que la mitad del comercio y los movimientos de capitales globales pasan a través de paraísos fiscales y de jurisdicciones del secretismo, a mediocamino entre el lugar donde se iniciaron y donde se consumaron. El secretismo financiero no es solamente un problema fiscal o de aplicación de la legislación. Aun más importante es el problema de enormes proporciones de los derechos humanos y el desarrollo económico. La ONG con sede en Washington, <a href="http://www.gfip.org/"><strong>Global Finance Integrity</strong></a> estima que <strong>un billón de dólares ($1 trillion) de dinero ilícito</strong> se esfuma desde los países en desarrollo cada año utilizando el sistema financiero global en la sombra.</p>
<p>Este flujo de salida drena las reservas en divisas, agudiza la inflación, disminuye la recaudación tributaria, cancela las inversiones, obstaculiza la ayuda exterior, socava el libre comercio, empeora la pobreza  y mina el crecimiento sostenible de miles de millones de personas. Mientras la ayuda oficial al desarrollo se sitúa recientemente en torno a los 100,000 millones de dólares al año, por cada dólar que les entrega generosamente por encima de la mesa Occidente recupera unos 10 dólares por debajo de la misma mesa. Son enormes los costes humanos de estos flujos financieros que salen de los países en desarrollo.</p>
<p>Se estima que <strong>18 millones de personas mueren al año por las privaciones económicas</strong> cuyas causas radican directamente en esas privaciones. De ellos, unos 9 millones son niños menores de cinco años que mueren de enfermedades para las cuales están disponibles vacunas. Aminorar solo en una fracción del billón de dólares al año de los flujos de salida, proporcionaría recursos que podrían salvar millones de vidas. <a href="http://www.hrw.org/es"><strong>Human Rights Watch </strong></a>ha documentado cómo miles de millones de dólares de flujos de salida han perjudicado, por ejemplo, Angola, Guinea Ecuatorial e Indonesia, desviando al exterior fondos que podrían haber sido utilizados para la educación y los servicios de salud.</p>
<p>El derecho a un sistema financiero global equitativo hay que entenderlo como un componente integral de la defensa de los derechos humanos. <strong>El artículo 25 de la Declaración de los derechos humanos adoptada en 1948</strong>, dice que todo el mundo tiene derecho a un nivel de vida adecuado para su salud y su bienestar. Ninguna otra disposición  de esta declaración ha sido más masivamente ignorada que esa.<br />
Hoy hay más gente viviendo en extrema pobreza que en toda la humanidad en 1948, año de esa Declaración de la ONU. En <strong>Haití</strong> tenemos un ejemplo terrible.<br />
La Declaración de New Haven, que avala la trayectoria y el prestigio de las organizaciones firmantes relacionadas abajo, apela a  todos aquellas organizaciones y personas que dirigen o influyen en la marcha del mundo.<br />
<em><br />
<strong></strong></em></p>
<p><em><a href="http://www.gfip.org/index.php?option=content&amp;task=view&amp;id=287"><strong>DECLARACIÓN de NEW HAVEN  sibre  DERECHOS HUMANOS e INTEGRIDAD FINANCIERA</strong></a></em></p>
<p><em>Los derechos humanos y la integridad financiera están íntimamente ligados. Allí donde reina la pobreza se suelen incumplir también los derechos civiles, políticos y económicos. En la actualidad, en muchos países en desarrollo, estas situaciones de pobreza y opresión se ven sumamente agravadas por la existencia de enormes flujos de salida de capital ilícito –que exceden en varias veces el total de la ayuda al desarrollo.<br />
</em></p>
<p><em>El dinero ilícito sale de los países más pobres a través de un sistema financiero global paralelo compuesto por paraísos fiscales, jurisdicciones con secreto bancario, corporaciones fantasma, cuentas anónimas de inversión, fundaciones falsas, y prácticas como el lavado de dinero o la manipulación de precios para evasión fiscal. Gran parte de este dinero es transferido de modo permanente a las economías occidentales.<br />
</em></p>
<p><em>La reducción de estos flujos de salida ilícitos exige una mayor transparencia e integridad en el sistema financiero global. Lograr este objetivo es, a su vez, un prerrequisito para crear un marco económico abierto, responsable, justo y beneficioso para todos.<br />
</em></p>
<p><em>Por ello, exhortamos a las Naciones Unidas, al G8, al G20, a la Organización Mundial del Comercio, al Fondo Monetario Internacional, al Banco Mundial y a otros foros internacionales, así como a los gobiernos nacionales, grupos religiosos y organizaciones de la sociedad civil, a reconocer la estrecha relación existente entre los derechos humanos y la transparencia financiera. Asimismo, exhortamos a que se tomen medidas decisivas para asegurar que los países en vías de desarrollo puedan retener sus propios recursos para alcanzar un desarrollo sustentable y luchar contra la pobreza; algo que deben lograr para que se cumplan los derechos humanos de todas las personas.<br />
</em></p>
<p><em>Los individuos y las organizaciones abajo firmantes se comprometen a trabajar conjuntamente en los próximos meses para avanzar esta agenda y para intentar sumar nuevas voces a esta tarea.</em><br />
<strong><br />
Amnesty International<br />
Human Rights Watch<br />
Oxfam<br />
Basel Institute on Governance<br />
Global Financial Integrity<br />
Center for Applied Philosophy and Public Ethics<br />
Open Society Institute Justice Initiative<br />
Asia Initiatives<br />
Task Force on Financial Integrity and Economic Development<br />
Tax Justice Network<br />
Christian Aid<br />
National Council of Churches<br />
Harrington Investments, Inc.<br />
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia<br />
Thomas Pogge, Yale University<br />
Robert Hockett, Cornell University<br />
Frank Pasquale, Seton Hall</strong></p>
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		<item>
		<title>El poder creciente de las corporaciones y la urgencia de su regulación</title>
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		<pubDate>Thu, 29 Oct 2009 14:33:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[Paraisos Fiscales Offshore]]></category>
		<category><![CDATA[corporaciones transnacionales]]></category>
		<category><![CDATA[pobreza]]></category>

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		<description><![CDATA[&#8220;NO A LA VENTA&#8221; ES UN DOCUMENTAL SOBRE EL PODER CRECIENTE DE LAS EMPRESAS Y LA NECESIDAD DE REGULAR SUS ACTUACIONES
Está disponible en Internet. La cinta, de 66 minutos de duración, recoge, entre otros, la opinión que reconocidos académicos, sindicalistas, políticos, empresarios y miembros de la sociedad civil tienen sobre el poder que las coporaciones [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div>&#8220;<strong>NO A LA VENTA</strong>&#8221; ES UN DOCUMENTAL SOBRE EL PODER CRECIENTE DE LAS EMPRESAS Y LA NECESIDAD DE REGULAR SUS ACTUACIONES</div>
<div>Está disponible <a href="www.noalaventa.com/contenidos/el-documental/no-a-la-venta">en Internet</a>. La cinta, de 66 minutos de duración, recoge, entre otros, la opinión que reconocidos académicos, sindicalistas, políticos, empresarios y miembros de la sociedad civil tienen sobre el poder que las coporaciones multinacionales han adquirido y la necesidad de regular sus actuaciones.</p>
<p>Entre las numerosas opiniones recogidas cabe destacar, entre otras, las del filósofo y profesor Edward Freeman; del secretario general de la Confederación Sindical Internacional, Guy Rider; de la ex presidenta de ATTAC-Francia, Susan George; del especulador financiero, George Soros, o la de Chip Pitts, ex asesor de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y profesores y activistas latinoamericanos.</p></div>
<div>Contenido:</div>
<div>
<p>* Los impactos sociales de la globalización neoliberal:</p>
<p>&#8211;corrupción.</p>
<p>&#8211;desastres ecológicos</p>
<p>&#8211;violación de los derechos humanos.</p>
<p>* El poder de las corporaciones transnacionales  ha reemplazado al Estado: “<em>Las políticas nacionales se han quedado pequeñas</em>”, dice un eurodiputado.</p>
<p>“<em>Es toda la estructura política del mundo la que está siendo socavada”</em></p>
<p><em> <strong> </strong></em>Salvador Allende, 1972.</p>
<p>El documental -producido por el Observatorio de RSC y la Universidad Nacional Española de Educación a Distancia (UNED)- aborda la globalización neoliberal y el modo en el que las multinacionales ganan poder mientras los estados lo pierden. Una situación que hay que regular.</p></div>
<div><em><strong> No a la venta</strong></em> fue estrenado el 28  Octubre 2009 en el cine Golem de Madrid con la presencia de numerosos representantes de la sociedad civil, la universidad y la empresa.</p>
<p>Vea el documental en <a href="http://www.noalaventa.com/">http://www.noalaventa.com/</a>.</div>
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		<title>Sociedades offshore: herramientas para el ilícito</title>
		<link>http://www.redjusticiafiscal.org/delincuencia-corrupcion/sociedades-offshore-herramientas-para-el-ilicito.html</link>
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		<pubDate>Mon, 19 Jan 2009 19:56:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[paraisos fiscales]]></category>

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		<description><![CDATA[por Alejandro Drucaroff Aguiar
(Publicado en Revista Foro de Derecho Mercantil Nº 12, Ed. Legis y en Revista de Derecho de la Empresa Nº8, octubre-diciembre 2006, Universidad Adolfo Ibañez, Santiago de Chile)
1. INTRODUCCION: EL MARCO GLOBAL.
1.1. Vivimos en una etapa muy particular de la evolución humana: la post modernidad y su fenómeno característico, la globalización, son [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>por Alejandro Drucaroff Aguiar<br />
(Publicado en Revista Foro de Derecho Mercantil Nº 12, Ed. Legis y en Revista de Derecho de la Empresa Nº8, octubre-diciembre 2006, Universidad Adolfo Ibañez, Santiago de Chile)</p>
<p>1. INTRODUCCION: EL MARCO GLOBAL.</p>
<p>1.1. Vivimos en una etapa muy particular de la evolución humana: la post modernidad y su fenómeno característico, la globalización, son realidades frente a las cuales se puede adoptar cualquier actitud menos la de ignorarlas.</p>
<p>No queremos reiterar conceptos ya expuestos por destacados estudiosos y pensadores; baste a estos fines introductorios recordar como se han superado los límites otrora marcados por las distancias geográficas y las fronteras de los países. Los estados han perdido buena parte de su soberanía y poder de decisión, a la par que la fluidez o liquidez que predomina en nuestro tiempo -tal como la define Bauman- avanzan sobre cada faceta de la vida. (1)</p>
<p>Hace más de 200 años, Kant anticipaba &#8220;una unificación perfecta de la especie humana a través de la ciudadanía común&#8221; como consecuencia del supremo designio de la naturaleza (2). Esa unificación global es una realidad, aunque mucho dista de ser perfecta e incluso sea por demás dudosa la benevolencia de su condición actual. Lo cierto es que el mundo es uno solo y ello marca a fuego cualquier consideración que se efectúe en cada campo de acción y, por lógica, en cada análisis jurídico.</p>
<p>1.2. Esta comunidad planetaria globalizada afronta el mayor riesgo de su breve historia, apenas una página en el grueso libro que narra la trayectoria de la Tierra desde el origen de la vida. La destrucción definitiva del habitat de las personas -y la consiguiente extinción del género- es una posibilidad concreta y cercana. La huella ecológica del hombre ha acelerado a extremos insoportables el calentamiento global, el efecto invernadero y otros fenómenos ambientales, generando innúmeras catástrofes en constante incremento. La amenaza de convertir el daño en irreversible es grave y el tiempo para atenderla se acorta. Revertirla exigirá un enorme esfuerzo mancomunado que hoy no parece estar en los planes de los gobernantes, a nivel local ni internacional, pese a las advertencias de los más caracterizados científicos y estudiosos. (3)</p>
<p>1.3. En paralelo, el fabuloso desarrollo tecnológico de los siglos recientes, notoriamente acentuado en las últimas décadas, ha producido un doble fenómeno: el crecimiento sostenido de la economía mundial y la multiplicación de las desigualdades entre las naciones y entre las personas, que alcanzaron dimensiones impensables poco tiempo atrás. (4)</p>
<p>La magnitud de la pobreza y la miseria en el mundo actual compromete la vida y la dignidad de más de la mitad de la población, que resulta excluída básicamente en función del lugar de su nacimiento. 2.800 millones de personas -dos de cada cinco habitantes del planeta- sobreviven con menos de dos dólares diarios, mientras que 1.000 millones cuentan con menos de un dólar por dia (5); más de 2.000 millones viven sin electricidad y 6.000.000 de niños mueren de hambre cada año (6), conceptos difíciles de incorporar para quienes formamos parte de la elite privilegiada que disfruta los maravillosos logros de la ciencia y la técnica.</p>
<p>En el plano de las desigualdades, las 500 personas más ricas poseen un ingreso superior al de los 460 millones de habitantes más pobres del planeta, según lo reseñara el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en su último informe anual. (7) Podríamos seguir aportando datos de esta índole hasta el cansancio, ya que resultan de los registros de Naciones Unidas, información cuya objetividad no da lugar a dudas.</p>
<p>Puede entonces afirmarse que nunca se avanzó tanto en tan poco tiempo y ello comprende todas las facetas científicas y tecnológicas, pero a la vez nunca estuvimos tan cerca del abismo hacia el que nosotros mismos llevamos el carro de la historia. El transcurrir de la globalización es cronológicamente breve, mas alcanzó para producir una depredación en la Tierra largamente superior a la de las diversas etapas que la precedieron durante miles de años. Lo que es más grave, esta etapa amenaza seriamente con ser la última. (8)</p>
<p>1.4. La configuración del mundo como escenario único y la aniquilación de las distancias, abrieron de par en par las puertas al afán de lucro en su más cruda expresión. El denominado &#8220;capitalismo salvaje&#8221; se ha desplegado en claro perjuicio de los principios que en origen lo justificaron; no se trata de crear riqueza y -en alguna medida- derramarla hacia la comunidad; lejos quedaron las metas vinculadas al desarrollo económico y a la expansión productiva. No existe el largo plazo. El fin de los grandes factores de poder económico -siempre vinculados al poder político- sólo se limita por su conveniencia y ésta se define por períodos cada vez más breves. El cuadro de situación se completa con la pérdida creciente de posibilidad de control de los estados -muchas veces acompañada por la resignación voluntaria de sus facultades-.</p>
<p>1.5. Quizás pueda parecer a algunos exagerada nuestra visión, permitásenos entonces ejemplificar brevemente: Enron, World Com, Parmalat, son emblemas de ese fenómeno de pérdida total de valores en un tiempo trascendentes, de la recurrencia a cualquier metodología -incluyendo la violación de todo parámetro legal, sea fiscal, civil o criminal- para obtener ganancias desmedidas en el menor plazo posible. Hablamos de miles y miles de millones de dólares desfalcados a millones de personas que ahorraron durante años los frutos de su trabajo y los perdieron a manos de la especulación fraudulenta.</p>
<p>Estos fenómenos de &#8220;guante blanco&#8221; se combinan con la corrupción para llevar adelante sus fines sin tolerar restricciones ni respetar normativa alguna. No nos referimos a la corrupción tal como se la conocía unas décadas atrás, centrada en cúpulas y gobiernos de países subdesarrollados, por lo general con regímenes autoritarios, donde todo era posible. La dimensión de lo corrupto puede darla ahora -entre tantos otros casos- la existencia de fuertes sospechas sobre contratos multimillonarios celebrados por los Estados en las principales economías del mundo, por ejemplo en torno a la guerra y sus negocios conexos o a las reconstrucciones de zonas destruídas por cataclismos naturales.</p>
<p>El protagonismo alcanzado por el terrorismo y la escalada del tráfico de drogas y armas, son otros aspectos cruciales que no deben perderse de vista; se han convertido en negocios multimillonarios, largamente superiores en volumen a la mayoría de las actividades productivas y cada vez mejor organizados.</p>
<p>Cabe entonces hablar de una novedosa concepción de la delincuencia, que ya no se identifica con la criminalidad tradicional -asociada a la marginalidad- sino que aparece caracterizada por las ideas de organización, transnacionalidad y poder económico (9).  Todos esos &#8220;emprendimientos&#8221; generan la evidente necesidad de blanquear el dinero obtenido mediante los mismos, cuyo origen y fines son, claro, injustificables. Para ello se emplean las estructuras más aptas para el anonimato y el ocultamiento.</p>
<p>1.6. Los derechos y garantías reconocidos por la comunidad planetaria a través de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, las convenciones regionales en la materia y la inmensa mayoría de las constituciones nacionales, se ven gravemente afectados por la realidad descripta. Lo propio sucede con el sistema democrático cuya vigencia en buena parte del globo se restringe en gran medida a lo formal. El fuerte escepticismo que predomina en la población mundial respecto de sus dirigentes y la falta de alternativas futuras, son también &#8220;globales&#8221; y han sido receptados en diversas encuestas conocidas en los últimos tiempos.</p>
<p>Es que la contradicción entre lo que se afirma como pacto fundamental entre las personas  -lo que en teoría es el orden jurídico vigente- y la realidad, nos coloca ante una notoria paradoja: los derechos y garantías han adquirido un reconocimiento legal ciertamente trascendente, a resultas de una evolución muy destacable. Ello se refleja en los cuerpos normativos internacionales y nacionales pero -en gran medida- no rige en los hechos, tal lo que acreditan las estadísticas, algunas de las cuales reseñamos antes. (10)</p>
<p>1.7. En ese contexto debe plantearse, a nuestro criterio, una problemática jurídica de hondas consecuencias para la sociedad global, cual es la de las sociedades denominadas &#8220;off shore&#8221;, cuyo campo de acción se extiende a todos los rincones del planeta y a través de las cuales se movilizan, en sigilo y tras las sombras creadas por aceitados mecanismos de presunta legitimidad, fortunas multimillonarias.</p>
<p>Proponemos evaluarla desde el punto de vista del interés general, analizando a partir de las conclusiones obtenidas la razonabilidad y conveniencia de otorgarles status legal. La trayectoria de la modalidad societaria a la que nos referimos, los innumerables casos en que se la emplea como herramienta para los más escandalosos fraudes, el amparo sigiloso de la corrupción, el tráfico de armas, drogas y el terrorismo, justifican este planteo.</p>
<p>No aludimos a hechos novedosos, muy por el contrario son conocidos y han sido materia de amplia difusión pública. Por desgracia, acorde con la velocidad de la información en nuestro tiempo y la escasa profundidad de los análisis, la noticia no trasciende del escándalo momentáneo y rápidamente se pierde su efecto. Son demasiado poderosos los intereses en juego para que el tema se instale en la sociedad y genere soluciones.</p>
<p>Es preciso entonces un sinceramiento, responder sin hipocresía ni segundas intenciones preguntas cruciales y adoptar las decisiones pertinentes en función de las respuestas. Es acaso posible poner límites a los fenómenos delictivos más graves de la época sin encarar con firmeza la cuestión de las sociedades off shore y el status de los paraísos fiscales?  Hay alguna razón jurídica para reconocerles los privilegios de que gozan? Hay algún motivo para no repudiar esa verdadera &#8220;tierra de nadie&#8221; donde encuentran seguro refugio quienes conciben su vida al margen de la Ley y en desmedro de la comunidad?</p>
<p>2. SOCIEDADES OFF SHORE Y PARAISOS FISCALES.</p>
<p>2.1. Por definición, las sociedades off shore son aquellas que tienen prohibido ejercer su objeto en el estado en que se constituyeron, donde carecen de capacidad para adquirir derechos y de legitimación para obrar. Su objeto es entonces -salvo excepciones de algunos regímenes que les permiten una actuación local restringida- actuar fuera del territorio de su lugar de origen. Así las define en nuestro país, con apropiada terminología, el art. 1 de la Resolución General Nº 2/2005 de la Inspección General de Justicia (I.G.J.). (11)</p>
<p>No abundaremos en información conocida: miles de sociedades de ese tipo son instrumentos formales ficticios sin otro objeto que el de encauzar inmensas sumas de dinero en todos los rincones del orbe, colocadas al margen de cualquier contralor de los estados donde efectivamente se emplean.</p>
<p>El caso argentino asume en tal contexto ribetes de sumo interés y aporta a la clarificación del concepto aquí introducido sobre el uso de las sociedades off shore: quince mil valiosos bienes inmuebles ubicados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires están registrados a nombre de sociedades de esa índole, las cuales en un altísimo porcentaje, alegan que se trata de &#8220;actos aislados&#8221;, para evitar registrarse ante el organismo de contralor societario valiéndose artificiosamente de la excepción establecida en el art. 118 de la Ley de Sociedades. (12)</p>
<p>No se trata, claro, de genuinas inversiones extranjeras concretadas a través de esa formalidad instrumental, sino de propiedades que -en su inmensa mayoría- pertenecen a ciudadanos argentinos que no tienen modo de acreditar el origen de los fondos con los cuales las adquirieron. De modo ostensible, podríamos decir grosero, se simulan supuestos entes societarios al amparo de lo oculto e inaccesible, con fines abiertamente antijurídicos. (13)</p>
<p>2.2. La figura legal que analizamos se asocia a los denominados &#8220;paraísos fiscales&#8221;, ámbitos geográficos de baja o nula tributación que promueven la &#8220;radicación&#8221; de entidades de esas características. La regla es la falta de control estatal sobre el funcionamiento societario, librado por entero a la discrecionalidad de cada sociedad. El anonimato es clave para asegurar que nadie conocerá a los socios ni sus participaciones societarias; las obligaciones de presentar balances e informar sobre la actividad son nulas o de gran laxitud y todo transcurre con total &#8220;privacidad&#8221;, sin más recaudo que algún &#8220;representante&#8221; lugareño, por lo general un abogado o contador especializado en ese negocio. Los entes así conformados, una vez obtenida la registración -verdadera &#8220;patente de corso&#8221;-, salen al mundo para actuar como personas jurídicas, amparados por su &#8220;pertenencia&#8221; al país donde la lograron.</p>
<p>2.3. Algunas reflexiones derivan en forma natural de lo hasta aquí expuesto:</p>
<p>2.3.1. Es por demás evidente que la constitución de una sociedad en un país donde no desarrollará actuación significativa, persigue eludir la aplicación de las leyes del país o países donde si lo hará.</p>
<p>2.3.2. Las ventajas que brindan los ámbitos geográficos conocidos como paraísos fiscales -nula o baja tributación, ausencia de control, garantía de anonimato- permiten canalizar por vía de las sociedades off shore la inversión de fondos cuyo origen no puede declararse, sea porque su dueño no los obtuvo por vías legales o porque de conocerse su titular real el mismo se vería expuesto a la acción de sus acreedores.</p>
<p>2.3.3. De allí en más surgen diversas alternativas para el análisis:</p>
<p>2.3.3.1. Si hablamos de blanqueo de fondos, ellos pueden provenir de la violación de leyes fiscales (omisión del pago de impuestos, que constituye delito en la gran mayoría de los países), del narcotráfico, del terrorismo y de otras fuentes ilegales.</p>
<p>2.3.3.2. Si nos referimos a motivos de los titulares para ocultarse, es dable considerar la defraudación del cónyuge u otros familiares, la de quienes tuvieran contra ellos créditos derivados de contratos o la de otros acreedores por cualquier causa.</p>
<p>2.3.4. Es cierto que técnicamente podrían constituirse sociedades off shore cuyos socios acreditaran fehacientemente el origen de los fondos aportados, declararan en sus países de radicación la existencia del emprendimiento y cumplieran con sus obligaciones fiscales correspondientes. Sin embargo y más allá de la ingenuidad lindante con el absurdo que implica la hipótesis, ella es por completo descartable por la manifiesta inconveniencia de incurrir en los gastos que demanda, salvo cuando lo procurado es obtener ventajas a través de alguna forma de violación del ordenamiento jurídico.</p>
<p>2.3.5. Un caso especial dentro de las sociedades off shore son las denominadas &#8220;sociedades vehículo&#8221;, aquellas donde los accionistas se encuentran claramente identificados, el origen de los fondos es fácilmente demostrable y la organización societaria es una modalidad elegida básicamente por la ventaja fiscal derivada de la baja o nula tributación. No obstante el ente &#8220;vehículo&#8221; saldrá luego a interactuar y contratar con terceros en otros países y quedará preservado de los controles legales que debería afrontar de haberse constituído en alguno de los lugares donde efectivamente actuará. Además, la transparencia en cuanto a la integración de su capital no implica -salvo casos de excepción- responsabilidad de sus accionistas, lo que afectará en definitiva las eventuales acciones de quienes resulten acreedores de tal &#8220;vehículo&#8221;.</p>
<p>2.3.6. La idea misma de paraíso fiscal aparece como contraria a principios fundamentales de la convivencia social y el Estado de Derecho. Toda sociedad democrática -y aún las que no lo son- se sustentan en la contribución de sus ciudadanos para atender a las obligaciones esenciales del estado. El principio de la igualdad es básico para el cálculo de los impuestos y las cargas públicas (en nuestro país, conforme art. 16 de la C.N.) y es de estricta justicia que quienes más tienen contribuyan de un modo proporcionalmente superior, progresivo, lo cual suele estar presente en los ordenamientos tributarios de los países más avanzados y, cuando menos, constituye un objetivo cuyo enunciado no admite controversias.</p>
<p>2.3.7. La conceptualización del contribuyente en los países desarrollados redondea la idea:</p>
<p>2.3.7.1. Contribuir es un deber insoslayable para el ciudadano cuyo incumplimiento se castiga con dureza y lo coloca al margen de la ley y del reconocimiento social –recordemos al célebre Al Capone condenado por evasión fiscal-. Nada puede pues justificar la concesión de prerrogativas en ese campo en desmedro del bien común.</p>
<p>2.3.7.2. Un recordado alegato público del entonces Secretario del Tesoro de los Estados Unidos de América, Paul O´Neill, invocaba como prioritarios para su país los intereses de los carpinteros y plomeros estadounidenses, clara alusión a los contribuyentes que lo sostienen, simbolizados por la imagen de trabajadores especializados que aportan en proporción a sus modestos ingresos. Es interesante correlacionar ese planteo filosófico con la &#8220;libertad&#8221; otorgada a las sociedades off shore, miles de ellas formadas por las más caracterizadas empresas norteamericanas, aunque ninguna seguramente por carpinteros o plomeros.</p>
<p>2.3.8. La reducción de cargas fiscales no sólo afecta los principios que sustentan la organización social en la democracia sino que agravia de manera irreparable la competencia leal en los negocios, sin la cual el sistema económico capitalista pierde sentido y el mercado concluye manejado exclusivamente por los monopolios y oligopolios. Los efectos de la globalización, conocidos y destacados unánimemente por los economistas y sociólogos en todo el planeta, agravan y mucho el problema, ya que las ventajas se explotan de inmediato en la misma forma global.</p>
<p>2.3.9. Podrá discutirse a nivel de propuesta política si cabe o no al estado la misión de reducir las desigualdades y contribuir a una distribución más equitativa de la riqueza, pero sin duda nadie postula -o al menos nadie lo confiesa de manera abierta- que sea su función acentuar las desigualdades y otorgar ventajas a los pocos privilegiados que pueden acceder al uso de tipos societarios sofisticados como los que analizamos. Más cuando los mismos tienen finalidades contrarias al interés general y al ordenamiento jurídico.</p>
<p>2.3.10. Es sabido, por otra parte, que los paraísos fiscales se asientan por lo general en pequeños territorios, algunos de los cuales inclusive se encuentran bajo la jurisdicción directa o indirecta de países del primer mundo. No suelen realizarse en ellos actividades productivas de trascendencia, y las numerosas estructuras bancarias y financieras off shore allí asentadas no pasan de pequeñas oficinas por las que circula la información sobre transferencias millonarias, que no se detienen allí más que las décimas de segundo necesarias para tomar debida nota en el sistema informático. (14)</p>
<p>2.4. Podemos pues concluir que los paraísos fiscales y las sociedades off shore son modalidades de organización de la actividad económica que propician, canalizan o cuando menos posibilitan la realización de actividades ilícitas de diferentes grados y consecuencias. No encontramos motivos de conveniencia para utilizarlas fuera de ese contexto que, en los casos de menor gravedad, involucran supuestos de competencia desleal, evasión fiscal y ocultamientos susceptibles de perjudicar a quienes se relacionen o contraten con los entes allí radicados y, en muchos otros, constituyen la modalidad más apropiada para la comisión de delitos gravísimos que perjudican globalmente al género humano.</p>
<p>3. LA TRANSPARENCIA: UNA NECESIDAD.</p>
<p>3.1. Son múltiples las razones que avalan el requisito de la transparencia en los actos jurídicos en general y en los negocios en particular. En materia de sociedades comerciales, entes a los cuales se concede el beneficio extraordinario de limitar la responsabilidad a su patrimonio, excluyendo la de sus socios, la cuestión adquiere una dimensión obviamente mayor.</p>
<p>Saber con quien se convive o se contrata es una regla elemental para asegurar los derechos de las personas. Por ello las sociedades en casi todo el mundo deben cumplir recaudos en tal sentido, acreditando ante los organismos de contralor la integración de su capital y la asunción por sus socios y directivos de las responsabilidades legales que les caben. Las sociedades off shore en cambio, están al margen de esa pauta; actúan en la nebulosa que las protege, en un lugar distante y -en suma- ficticio al cual tampoco pertenecen.</p>
<p>3.2. Estos conceptos básicos no suscitan controversia alguna. Podemos preguntarnos entonces si hay algún motivo genuino, razonable, merecedor de protección jurídica, para justificar el ocultamiento de personas o empresas tras el difuso velo de una inaccesible sociedad off shore.</p>
<p>Citamos ya conocidos antecedentes internacionales de &#8220;delincuencia de guante blanco&#8221;, tristemente célebres por la magnitud de los escándalos y el número de sus víctimas. El no menos famoso caso Cromagnon que nos continuará desgarrando por muchos años, es suficiente como ejemplo en la Argentina. Más de un año después de la muerte de casi doscientos jóvenes en la inmensa tragedia de ese establecimiento bailable, no se ha podido desentrañar la real titularidad de los inmuebles involucrados, a nombre por supuesto de sociedades off shore, cuyos testaferros son, por añadidura, insolventes.</p>
<p>3.3. Las dificultades prácticas para ejercer controles ciertos sobre estas sociedades superan la voluntad de quienes quieren concretarlo. Hace varios años que la Inspección General de Justicia, organismo a cargo del contralor de las sociedades en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires -donde se encuentra radicada la gran mayoría de esos entes en nuestro país-, ha desplegado una intensa campaña tendiente a transparentar la actuación de las sociedades extranjeras en general y de las off shore en particular (15). A través de sucesivas Resoluciones Generales -cuyo análisis excede por completo el objeto de este trabajo- se ha ido acotando el margen para ocultarse y actuar en perjuicio de otras personas y del orden jurídico.</p>
<p>Sin embargo los artilugios jurídicos siempre permiten una maniobra más para eludir el cumplimiento de la ley; en especial cuando los reales titulares de los entes off shore son personas de poderosos recursos y no menos poderosas razones para evitar salir a la luz. Un acabado ejemplo lo plantea la identificación de los accionistas y socios de sociedades off shore que exige la Resolución General IGJ Nº3/2005, cuando las mismas deseen obtener su inscripción registral. Pese a los prolijos requisitos establecidos en la norma, es factible evadir su finalidad si la titular de las acciones de la sociedad off shore es &#8230; otra sociedad off shore. Esas cadenas de sociedades que sólo existen para ser titulares formales de otros paquetes accionarios, se reproducen  en los gigantescos fraudes internacionales a que antes aludimos.</p>
<p>4. INTERES GENERAL Y SEGURIDAD JURÍDICA.</p>
<p>4.1. En algunas posturas doctrinarias ha sido frecuente la invocación de la seguridad jurídica, como requerimiento fundamental para garantizar el incremento de inversiones, indispensables para el desarrollo económico. Curiosamente se ha asociado ese concepto con la idea de desregular y limitar al mínimo todo control, lo que presuntamente posibilitaría que el mercado establezca por sí las pautas más convenientes para su accionar. Señalamos en un trabajo anterior (16) que esta concepción forma parte de una teoría que sin demasiado fundamento -pero con el énfasis que confiere la reiteración mediática prolongada hasta el cansancio- pretende asociar la democracia con la defensa absoluta del libre mercado.</p>
<p>Expusimos que la impronta dogmática de la postura reseñada se advierte al constatar como se disocia la seguridad jurídica del interés general para apropiarse de la primera en beneficio de determinados intereses y en consiguiente desmedro del conjunto social. Ello mediante el uso de términos de indudable trascendencia -gobernabilidad, seguridad jurídica o previsibilidad- cual si fueran asépticos e imparciales como un número o una fórmula matemática.</p>
<p>4.2. La seguridad jurídica carece de sentido si no se la vincula con la justicia y la equidad (17); de lo contrario se postularía reservarla a algunos sectores privilegiados de la sociedad, ignorando el bien común cuya tutela es incuestionablemente prioritaria. La vigencia real del Estado de Derecho pasa por asegurar al conjunto de los ciudadanos el ejercicio de las garantías y facultades consagradas en los tratados internacionales, las constituciones y las leyes.</p>
<p>En la específica temática de las sociedades off shore, es su existencia la que vulnera la seguridad jurídica de quienes contratan con ellas y de aquellos en cuyo perjuicio directo o indirecto se han conformado. La afectada por la &#8220;patente&#8221; que con mínimos requisitos, a un módico precio y sin controles anteriores ni posteriores se confiere a los privilegiados que logran acceder a ella, es la sociedad en su conjunto.</p>
<p>4.3. Si lo planteamos desde la óptica de las personas físicas o jurídicas que recurren a la figura off shore, tampoco mejora su suerte ante la carencia de argumentos a favor de una modalidad organizativa que sólo adquiere lógica si se la emplea para el logro de fines reñidos con los principios que fundan el orden jurídico y se asocia en forma reiterada al delito. Resulta un contrasentido, un absurdo notorio a poco que profundicemos el debate, aludir a la seguridad jurídica como fundamento para la tutela de las sociedades off shore.</p>
<p>4.4. El argumento relativo a convocar inversiones que de otro modo no acudirían, empleado con mayor énfasis en paises en vías de desarrollo, tropieza contra la dura realidad y es hora de descartarlo en forma definitiva, por cuanto:</p>
<p>4.4.1. En primer lugar, la violación de principios esenciales del ordenamiento jurídico no puede ser nunca una alternativa para el desarrollo económico. Este no es un simple argumento moral, nada puede construirse a contramano de la Ley.</p>
<p>4.4.2. Por otra parte, la modernidad globalizada se caracteriza por la búsqueda del lucro fácil y veloz y sus instrumentos -tales como las sociedades off shore- procuran incrementar ambos términos de la ecuación, esto es maximizar ganancias y tiempo. Ellos no se asocian ya con objetivos productivos de mediano plazo -el largo plazo parece hoy una pieza de museo- sino con el modo de fugar de todo compromiso y eludir cuanto riesgo sea posible. Son muchas las experiencias que nos ilustran sobre tales conductas.</p>
<p>4.4.3. Los países desarrollados actúan de modo bien distinto en su propio territorio. Es de sumo interés, por ejemplo, analizar las medidas adoptadas por los Estados Unidos a fines de 2002, tras las crisis suscitadas por los casos Enron y WorldCom, que impusieron a las empresas locales -y desde este año lo exigen también a las extranjeras (18)- el cumplimiento de severas normas de auditoría y control de sus balances. Conforme a la ley Sarbanes-Oxley, sección 404, la gerencia y los directivos de la empresa deben asumir la responsabilidad por el adecuado control interno de sus finanzas y contar con dictámenes de auditoría calificados que avalen su manifestación, con graves consecuencias en caso de incumplimiento. El abismo entre esas medidas -también habituales en los principales países de la Unión Europea- y el descontrol que caracteriza a las sociedades off shore es demasiado notorio.</p>
<p>4.5. Pese a que los resultados prácticos no han sido hasta ahora significativos, debe destacarse que diversos organismos internacionales han hecho su aporte al esclarecimiento del tema que tratamos. En particular la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico (OCDE) y sobre todo el Grupo de Acción Financiera Internacional (Financial Action Task Force &#8211; FATF) con sus detalladas recomendaciones a los países que de él participan, contribuyeron seriamente al establecer el modo en que las operatorias descriptas afectan al crecimiento sustentable y el desarrollo de los países.</p>
<p>4.6. La magnitud de los intereses involucrados es sin embargo tan enorme que no ha sido posible avanzar con seriedad en soluciones al problema. Incluso -como lo comprobamos en la polémica abierta a raíz de las antes citadas medidas de la Inspección General de Justicia en el ámbito local- se persiste en intentar trasladar la discusión a aspectos técnicos, dejando de lado la cuestión de fondo: los fines ilícitos perseguidos con la creación de sociedades off shore. Esto hace imperioso continuar con su esclarecimiento para que la sociedad tome real conciencia de la necesidad de resolverlo.</p>
<p>4.7. Mencionábamos al comienzo los riesgos gravísimos que afronta actualmente la humanidad, derivados en gran medida de la concentración del poder económico y de la falta de límites que ocasiona el progresivo deterioro de los estados, impotentes frente al contexto globalizado que todo lo licúa. Las sociedades off shore son instrumentos esenciales para ocultar gigantescos movimientos de fondos que circulan a través de los paraísos fiscales, fuera de toda posibilidad de contralor fiscal y legal. (19) Ningun país puede por sí solo enfrentar la cuestión, de allí que los acuerdos en el orden regional sean fundamentales para garantizar la equidad entre nuestros países y una respuesta unívoca que apunte a lograr la misma actitud en todo el orbe.</p>
<p>5. CONCLUSIONES.</p>
<p>5.1. La constitución de sociedades off shore, esto es las que tienen prohibido ejercer su objeto en el estado en que se constituyeron, donde carecen de capacidad para adquirir derechos y de legitimación para obrar, sólo encuentra explicación en la búsqueda de beneficios que justifiquen registrar el ente en un lugar donde no podrá desarrollar actividad alguna.</p>
<p>5.2. Las jurisdicciones que posibilitan el registro de sociedades off shore, se caracterizan por la baja o nula tributación -paraísos fiscales- así como por la inexistencia de control sobre la regularidad del funcionamiento societario. Ello permite a las referidas sociedades mantener oculta toda información referente a sus socios y al origen de los fondos por éstos aportados, además de conferirles una importante ventaja en orden a la tributación sobre las utilidades obtenidas, que por lo general ni siquiera requieren ser declaradas.</p>
<p>5.3. Las sociedades off shore se convierten así en vehículos aptos para el blanqueo de sumas de dinero de origen injustificable, que pueden provenir de la evasión fiscal, el narcotráfico, el terrorismo, la corrupción a nivel estatal o privado. La inmensa mayoría de los grandes escándalos financieros conocidos a nivel internacional y nacional en los últimos años, involucran sociedades de este tipo.</p>
<p>5.4. La operatoria bajo la modalidad de sociedad off shore dificulta en alto grado la efectiva imputación a la sociedad, sus socios, gerentes y directores de los hechos por los cuales les corresponda una responsabilidad personal. Se afecta de esa forma y en un grado notable la transparencia de los negocios en los que aquellas participan.</p>
<p>5.5. La sumatoria de ventajas tributarias extraordinarias, ocultamiento del origen de los fondos y complejidad de las imputaciones de responsabilidad, confieren a las sociedades off shore una posición preeminente en la competencia con las empresas del ramo al que se dedican y desvirtúan de este modo los mecanismos básicos de funcionamiento de los mercados.</p>
<p>5.6. Más allá de la señalada colisión entre los fines perseguidos con la constitución de sociedades off ahore y el orden jurídico, no existe razón alguna que justifique, desde lo económico ni desde lo jurídico, conferirles los privilegios descriptos.</p>
<p>5.7. Consideramos en suma que debe propiciarse a nivel internacional un acuerdo para suprimir la figura de las sociedades off shore y regular la actuación de las sociedades extranjeras en base a los principios de transparencia y responsabilidad, procurando establecer condiciones fiscales equitativas que favorezcan la libre y leal competencia, posibilitando asi la inversión genuina. Ello requerirá que las legislaciones nacionales incluyan la exigencia de que esas sociedades deban inscribirse, como condición previa a la realización de todo acto jurídico, en las jurisdicciones en que deseen actuar, cumpliendo los mismos requisitos que las sociedades locales. A efectos de asegurar la transparencia y prevenir la comisión de ilícitos de todo orden, deben otorgarse a la autoridad de aplicación amplias facultades en orden a establecer la titularidad real de las participaciones societarias y el origen de los fondos involucrados, así como el control interno ajustado a derecho de su contabilidad y una adecuada auditoría.</p>
<p>5.8. En el orden nacional urge superar la polémica sobre aspectos formales y tecnicismos para abocarse con celeridad y eficiencia a la instrumentación de medidas conducentes. En tal sentido, la ley 26047, publicada en el Boletín Oficial el 3 de agosto de 2005, abre el camino para unificar la normativa referida a las sociedades en general y a las sociedades extranjeras en particular, al poner a cargo de la Inspección General de Justicia los Registros Nacionales de Sociedades por Acciones, de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civiles y Fundaciones, creados respectivamente por el artículo 8 de la Ley 19550 de sociedades comerciales y el artículo 4 de la ley 22315. Será necesaria la adhesión de las provincias para que los Registros sean operativos, pero una vez logrado ello, se contará con un instrumento regulador apto para sus fines y cuya información se concibe como abierta a la consulta pública de cualquier interesado, lo que sin duda será un paso adelante en materia de transparencia.</p>
<p>5.9. En lo inmediato y en el ámbito de competencia federal, esto es en la Ciudad de Buenos Aires donde se concentra un porcentaje muy significativo de las supuestas &#8220;inversiones extranjeras&#8221; viabilizadas a través de sociedades off shore, consideramos fundamental apoyar las medidas adoptadas desde la I.G.J.. Adquieren particular relevancia las referidas a actos aislados, ya que bajo esa figura se refugian miles de entes simulados al solo fin de detentar la titularidad dominial de inmuebles cuyos verdaderos dueños necesitan ocultar.</p>
<p>5.10. Más allá de lo instrumental, aspecto que no ha sido el objeto principal de este análisis, nuestro propósito es replantear el debate en términos sinceros y llanos para que, definidas las sociedades off shore como formas de simulación y vulneración del Derecho, perjudiciales para el bien común, asumamos como sociedad que es preciso clausurar las vías que les permiten cumplir ese rol nefasto.</p>
<p>NOTAS:<br />
(1) Bauman Zygmunt, &#8220;Modernidad líquida&#8221;, Ed., FCE, Buenos Aires, 2002, desarrolla su tesis como se han disuelto las relaciones &#8220;sólidas&#8221; en que se sustentaba la sociedad hace algunas décadas; desregulación, flexibilización, privatización, son los mecanismos que abrieron paso al brutal predominio del individualismo a ultranza y su &#8220;sobrecogedora, inextirpable e inextinguible sed de creación destructiva&#8221;.<br />
(2) Bauman Zygmunt, &#8220;La sociedad sitiada&#8221;, Ed. FCE, Buenos Aires, 2004, p.24 y su cita de Kant &#8220;Idea de una historia universal en sentido cosmopolita&#8221;.<br />
(3) En nuestro trabajo &#8220;El riesgo cierto de la extinción humana&#8221;, Revista de Derecho Ambiental, Ed. Lexis-Nexis, Buenos Aires, setiembre de 2005, resumimos parte de esta problemática.<br />
(4) Cohen Daniel, &#8220;Riqueza del mundo, pobreza de las naciones&#8221;, Ed. FCE, Buenos Aires, 1998, señala que desde el siglo XVIII hasta finales del XIX, el ingreso per cápita de los países industrializados de Europa con relación al de los países más pobres de Asia y Africa pasó de ser un 30% superior a once veces más elevado. De alló a 1995, ese factor se quintuplicó. Stiglitz Joseph, &#8220;El malestar en la globalización&#8221;, Taurus-Alfaguara, 2002, p.32, citando informes del Banco Mundial: &#8220;La creciente división entre los poseedores y los desposeídos ha dejado a una masa creciente en el Tercer Mundo sumida en la más abyecta pobreza y viviendo con menos de un dólar por día.<br />
(5) Renna Carlos (Director Nacional de Población de la R. Argentina), en diario &#8220;Clarín&#8221;, Buenos Aires, del 8/7/2005, p.33., Cardoso Oscar Raúl, &#8220;El mundo unipolar&#8221;, diario &#8220;Clarín&#8221;, del 15/9/2005. &#8220;Más de 200 millones de jóvenes en el mundo viven en la extrema pobreza.&#8221;, diario &#8220;Clarín&#8221; del 6/10/2005, cita el &#8220;Informe Sobre la Juventud Mundial 2005: los jóvenes hoy y en el 2015&#8243; de las Naciones Unidas: más de 200 millones de jóvenes en todo el mundo viven con menos de un dólar por día; 130 millones son analfabetos; 88 millones están desempleados y 10 millones portan el virus del sida. La pobreza es el principal obstáculo para el desarrollo de la juventud mundial, que entre 1995 y 2005 creció de 1.025 millones a 1.153 millones. .<br />
(6) Informe de la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), citado por diario &#8220;Clarín&#8221; del 23/11/2005, p. 25.<br />
(7) Citado por Cardoso Oscar Raúl, &#8220;El mundo unipolar&#8221;, diario del &#8220;Clarín&#8221;, 15/9/2005.<br />
(8) Rifkin Jeremy, en &#8220;A mayor tecnología, mayor vulnerabilidad&#8221;, diario Clarin del 5/2/2006, p. 32, tras repasar las siniestras consecuencias colaterales y no demasiado conocidas de una explosión nuclear concluye: &#8220;La única verdadera solución a la creciente complejización de la sociedad, producto de los avances tecnológicos, no es de naturaleza técnica sino psicológica y social. Tenemos que empezar a analizar seriamente cómo modificar de manera radical el grado de conciencia de las personas para que el género humano pueda aprender a vivir en un planeta compartido.&#8221;<br />
(9) Kent Jorge, &#8220;Terrorismo, corrupcion y delincuencia organizada trasnacional&#8221;, La Ley, Buenos Aires, diario del 16/11/2005.<br />
(10) Dijo por ejemplo la Declaración de la cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad Europea, París, octubre de 1972: &#8220;La expansión económica, que no es un fin en sí, debe, prioritariamente, permitir atenuar la disparidad de las condiciones de vida. Debe perseguirse con la participación de todos los sectores sociales. Debe traducirse en una mejora de la calidad así como del nivel de vida &#8220;. (Citado por Castañón del Valle Manuel, &#8220;Algunas reflexiones sobre la legitimación popular ambiental en la protección penal del medio ambiente&#8221;, Revista de Derecho Ambiental, Nº 3, julio/setiembre 2005, pág. 78)<br />
(11) Vitolo Daniel Roque, en &#8220;Uso y abuso de las estructuras societarias off shore&#8221;, La Ley diario del 23/2/2005 p.5, &#8220;Constituyen -en cierta forma- una perversa manera de crear sujetos dentro de una jurisdicción para remitirlos como &#8220;enviados&#8221; a ejercer su actividad &#8220;fuera de casa&#8221; bajo la promesa de que podrán obtener en el país de destino un reconocimiento para poder realizar allí todo aquello que no les es permitido realizar en su propio país de origen; sin embargo ese país de origen -que no les permite actuar dentro de su territorio- protegerá a los socios de la sociedad off shore con el secreto y el anonimato frente a las preguntas que cualquier tercero o Estado del mundo desee hacer sobre ellos, les dará -en algunos casos- también protección diplomática y -lo que es más importante- en ningún momento les harán preguntas en relación a cómo, dónde, ni cuándo obtiene las ganancias e ingresos que acumulan en cuentas bancarias de instituciones financieras -también off shore-; todo ello, por un módico monto anual de impuestos preacordados, o de un porcentaje mínimo en relación con el volumen de las operaciones.&#8221;<br />
(12) Nissen Ricardo (ex-Inspector General de Justicia de la R. Argentina), &#8220;Necesarias aclaraciones sobre la labor de la Inspección General de Justicia y la Resolución General IGJ N° 8/2003&#8243;, en La Ley diario del 29/12/2004, p.1.<br />
(13) Bien dice el mismo Nissen -&#8221;A propósito de ciertas críticas a la labor de la Inspección General de Justicia&#8221;, en La Ley diario del 7/4/2005, p.1- refiriéndose a Cromagnon, que &#8220;la tragedia del referido establecimiento bailable ha puesto al descubierto una circunstancia que, por frecuente que sea, no es menos cuestionable: que las más importantes propiedades de la ciudad de Buenos Aires, se encuentren en manos de sociedades fantasmas, provenientes de paraísos fiscales, pero cuyas acciones al portador están en manos de argentinos, que han recurrido a esos nefastos instrumentos para eludir su responsabilidad patrimonial, enervar las eventuales acciones judiciales que pudieran intentar sus víctimas y burlar a la justicia.&#8221;<br />
(14) Véase el detallado informe de Daniel Roque Vitolo en el trabajo mencionado en nota (10), uno de los extensos aportes de dicho autor a esta temática donde identifica territorios caracterizados como &#8220;paraísos fiscales&#8221; y los estados del primer mundo bajo cuya órbita actúan. Una nómina completa puede constatarse en el texto del Decreto 1037/2000 del Poder Ejecutivo Nacional Argentino.<br />
(15) Véase el trabajo colectivo &#8220;Sociedades ante la I.G.J.&#8221;, Editorial La Ley, Buenos Aires, marzo de 2005, y sus diversos aportes referidos al tema, donde también se incluyen varias de las Resoluciones Generales más significativas.<br />
(16) &#8220;Seguridad Jurídica e interés general (a propósito de las normas de la I.G.J. en materia de sociedades extranjeras)&#8221; trabajo que integra la obra citada en (15).<br />
(17) Gregorini Clusellas Eduardo L., diario &#8220;La Ley&#8221; del 28/10/2004 p.1)<br />
(18) Diario La Nación, Buenos Aires, del 29/1/2006, Sección Economía, p.8 &#8220;Con la aplicación de la ley Sarbanes-Oxley a las firmas que cotizan en los mercados norteamericanos los ecos de Enron llegan a la Argentina&#8221;.<br />
(19) Bauman Zigmunt, &#8220;Vidas desperdiciadas&#8221;, Ed. Paidos, Buenos Aires, 2005, &#8220;Una consecuencia sumamente espectacular y potencialmente siniestra de los erráticos procesos globalizadores, incontrolados y desbocados &#8230; estriba &#8230; en las progresivas &#8220;criminalización del globo y globalización del crimen&#8221;. Una parte considerable de los miles de millones de dólares, libras y euros que cambian de manos a diario proceden de fuentes criminales. Nunca antes fueron las mafias tan poderosas, bien armadas y prósperas &#8230;con demasiada frecuencia disponen de recursos que ninguno de los gobiernos por separado y a veces conjuntamente, pueden igualar.&#8221;</p>
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		<title>Que rindan cuentas los contables</title>
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		<pubDate>Tue, 23 Dec 2008 19:54:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[contabilidad falsa]]></category>
		<category><![CDATA[crisis financiera]]></category>

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		<description><![CDATA[Las deficiencias en las normas contables han ocasionado graves daños y están en el centro de la crisis financiera actual. En vez de permitir que sean intereses privados quienes lleven a cabo políticas públicas, las normas contables deberían ser elaboradas por un organismo independiente que represente una pluralidad de intereses. Sin eso, no hay perspectivas de que se produzcan cuentas bancarias transparentes o que se democratice la elaboración de las políticas públicas.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.redjusticiafiscal.org/cms/uploads/prem_sikka_140x1401.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-131" title="prem_sikka_140x140" src="http://www.redjusticiafiscal.org/cms/uploads/prem_sikka_140x1401.jpg" alt="" width="140" height="140" /></a>Por <strong>Prem Sikka.</strong> Profesor de la Universidad de Essex- Reino Unido. Miembro de Tax Justice Network.  Artículo publicado en <a title="Calling accountans to account" href="http://www.guardian.co.uk/commentisfree/2008/dec/22/banking-creditcrunch">The Guardian,</a> lunes 22 diciembre 2008</p>
<p>La profundización de la crisis financiera indica la crisis de la democracia. Las élites de las corporaciones han secuestrado demasiados espacios de  decisión política y no dan señales de remordimiento ni se avergüenzan de la legitimación de prácticas deficientes. Peor aún, no se les piden cuentas, como muestran las recientes sesiones del Comité del Tesoro de la Cámara de los Comunes sobre el papel de la contabilidad en la crisis bancaria. Es saludable contemplar cómo las élites desarman a los legisladores y a los periodistas para promover sus intereses.<br />
Las reglas globales, o normas contables, para los informes financieros de las empresas son elaboradas por el International Accounting Standards Board (IASB), una organización privada financiada y dominada por las élites de las corporaciones. El regulador británico en materia contable, el Financial Reporting Council (FRC),  está también dominado por las élites de las corporaciones. Apacigua a sus interventores (controllers) adoptando las normas contables internacionales redactadas  por el IASB pero sin explicar nunca las consecuencias económicas y sociales de esa conformidad.<br />
Todos los bancos alegan haber cumplido con los estándares contables existentes pero las cuentas que publican son opacas. Las reglas contables y los auditores han permitido a los bancos que muestren valores tóxicos con valores inflados y que mantuvieran un pasivo de más de 5 billones de dólares ($5,000,000 millones)  fuera de su contabilidad. Ningún banco ha publicado cifras sobre sus activos, su pasivos, sus beneficios o sus pérdidas especificas respecto al Reino Unido o a cualquier otra jurisdicción geográfica determinada. El contribuyente británico ha rescatado bancos sin conocer los importes y los riesgos que le correspondían al Reino Unido.<br />
Las normas contables requieren a las principales empresas que apliquen el &#8220;fair value&#8221;.  Una variante es &#8220;Mark-to-market&#8221; que permite a las empresas que adopten en su contabilidad los precios de mercado para los activos. En los momentos de precios de activos en alza ese método les conviene a las corporaciones porque respaldados por esas alzas pueden justificar mayores precios e ingresos y aguijonear a los consumidores. Asimismo, unos mayores beneficios aseguran unas remuneraciones más elevadas para los ejecutivos. La dificultad estriba en que muchos mercados son estrechos y sencillamente no permiten un precio adecuado<br />
Sin inmutarse, quienes establecen las normas permitían otra variante conocida como  &#8220;mark-to-model&#8221;.  Esto permitía a los bancos estimar los valores de mercado para los instrumentos financieros (derivados, credit default swaps- una modalidad de aseguramiento de impagos) mediante la aplicación de complejos modelos matemáticos. Estos modelos caseros partían de supuestos sobre eventos futuros inciertos y fueron parte del encubrimiento de cuentas en Enron. Asimismo fallaron en el famoso caso del Long Term Capital Management (LTCM), un fondo de alto riesgo o hedge fund que estaba gestionado por ganadores del Premio Nóbel en economía.</p>
<p>Las deficiencias contables han sido agudamente captadas por un inversor institucional que argumentaba que las normas contables “han permitido que se contabilizara la actividad tipo Ponzi (estafas piramidales), legitimándola mediante las auditorias, en el corazón del sistema bancario.”  Algo parecido al “agente inmobiliario que valora una propiedad pasando en coche por la puerta,  equiparándola al precio de la casa de al lado,  pero que quizás tendría un valor inferior si realmente se le exigiera que observara el interior donde se había hundido la casa”.<br />
Las halagüeñas cifras de activos en los balances convencieron a los bancos para que tomaran prestado dinero real e incrementaran su vulnerabilidad económica.  En el comité de supervisión y reforma del gobierno de la Cámara de Representantes de los EEUU, un experto relató que Lehman Brothers que “se había apalancado (endeudado) en más de 30 a 1. Con este apalancamiento, una simple caída del 3,3% en el valor de los activos borra todo el valor de su capital social y deja a la compañía insolvente”.  Los principales bancos han informado de ratios de apalancamiento de entre 11:1 y 83:1. Y, sin embargo, quienes elaboran las normas contables no consideran las consecuencias probables de sus políticas.<br />
En contraste con los antecedentes anteriores, el comité del Tesoro de la Cámara de los Comunes británica examinó algunos aspectos del papel de la contabilidad en la crisis bancaria.  La transcripción de las sesiones muestra que quienes establecen las normas se dedicaban mucho a vender la historia desacreditada de que la contabilidad es neutral y libre de la política. Pero este cuento de hadas carece de base teórica o fáctica.<br />
Nada es neutral en las normas de contabilidad. Están constituidas por política, como sucede con otras prácticas sociales. Las normas contables son el residuo de negociaciones y componendas entre las élites económicas y, de  esta manera, reflejan sus intereses económicos.<br />
Quienes financian y controlan las estructuras que generan las normas contables siempre están en posición de modelar los resultados. Esto les ha permitido organizar prácticas deseables fuera de la agenda política. Por ejemplo, no existen normas contables que requieran a los bancos que informen sobre cómo  evaden los impuestos u organizan sus políticas de transferencia de precios para desviar beneficios hacia los paraísos fiscales.<br />
La contabilidad ha hecho un daño grave a demasiados ciudadanos inocentes y está en el centro de la actual crisis financiera. En vez de permitir que los intereses privados que lleven a cabo políticas públicas, las normas contables deberían ser elaboradas por un organismo independiente que represente una pluralidad de intereses. Sin esos, no hay perspectivas de que se produzcan cuentas bancarias transparentes o que se democratice la elaboración de las políticas públicas.-<br />
traducción: tjn-redjf.</p>
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		<title>El fútbol y el blanqueo internacional de capitales</title>
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		<pubDate>Sat, 01 Nov 2008 12:28:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[Paraisos Fiscales Offshore]]></category>
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		<description><![CDATA[Los medios eficaces para blanquear dinero están aumentando, ya sea a través de fórmulas menos sofisticadas, como las tarjetas prepago, o cuenten con una dosis extra de inventiva, caso de las operaciones ligadas al comercio internacional de bienes. Pero si hay un sector emergente, ese es el del ámbito deportivo. Así lo cuenta Juan Miguel [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los medios eficaces para blanquear dinero están aumentando, ya sea a través de fórmulas menos sofisticadas, como las tarjetas prepago, o cuenten con una dosis extra de inventiva, caso de las operaciones ligadas al comercio internacional de bienes. Pero si hay un sector emergente, ese es el del ámbito deportivo. Así lo cuenta <strong>Juan Miguel del Cid</strong>, Catedrático de escuela universitaria de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Granada-España, en el libro <strong>Blanqueo internacional de capitales </strong>(ediciones Deusto,2008), un texto en el que se repasan las posibilidades que ha abierto la globalización a la circulación de capitales ilícitos, así como su casuística más habitual.<br />
Y el deporte es ya uno de los sectores de mayor riesgo. Especialmente el fútbol, cuya configuración de negocio abre las puertas a numerosas posibilidades para que el dinero pase de unos países a otros. Y no son sólo sospechas: algunas investigaciones judiciales, que habían asociado inversiones multimillonarias en el fútbol a mafias internacionales, acabaron en procesamiento. Así, la justicia federal brasileña ordenó la detención del millonario iraní Kia Joorabchian, representante en Brasil del fondo de inversiones MSI (propietario del Corinthians), y procesó a presidente y dirigentes del club por blanqueo de dinero. Igualmente, Alexandre Martins y Reinaldo Pitta, agentes de Ronaldo, fueron juzgados en 2003 por haber enviado ilegalmente 34 millones de dólares a Suiza y condenados a once años de prisión, pena que está a la espera de resolución de recurso. A finales de 2005 fueron detenidos de nuevo como presuntos responsables de una organización dedicada a la evasión fiscal y al lavado de dinero.<br />
Como apunta Juan Miguel del Cid, “<em>el fútbol es un deporte que se presta al blanqueo. En primer lugar, porque todos los negocios que son intensivos en dinero efectivo son también proclives a ser utilizados para esos fines. Por ejemplo, falseando el número de asistentes e incrementando así el dinero recaudado en taquilla</em>”. Pero también porque facilita transacciones internacionales poco claras con operaciones “como la compra de equipos, algunos de los cuales han sido adquiridos por magnates con fortunas nada transparentes. Es el caso del Chelsea: (Roman) Abramovich es uno de esos oligarcas que se han hecho ricos con las privatizaciones de las empresas estatales y que ha sido vinculado con las mafias. Y a los oligarcas, comprar un club de fútbol les permite tanto blanquear dinero como obtener relevancia social”.</p>
<p>Otra operación utilizada con frecuencia son los traspasos. “<em>Dado que el precio real sólo lo saben los intervinientes, basta con fijar un precio por encima del estipulado y así se pueden pasar de un país a otro sin problema cantidades adicionales</em>”. También las operaciones de patrocinio, “<em>como el caso aquel en que un ayuntamiento pagó para que un equipo madrileño llevase publicidad en su camiseta”</em>, son susceptibles de ser utilizadas para el blanqueo. El sector emergente es el de las apuestas: los amaños en partidos de tenis y fútbol comienzan a ser noticia habitual. “<em>Como apuestas sobre seguro, todo el dinero ganado en esa operación tiene ya cobertura legal: es como cuando se compra un billete premiado de la lotería, otro de los procedimientos habituales</em>”. Por eso, asegura Miguel del Cid, “<em>la FIFA está insistiendo mucho en la transparencia</em>”. Aunque sin demasiado éxito.</p>
<p>Mucho dinero en efectivo de actividades delictivas.</p>
<p>En todo caso, y al margen de los mecanismos que se utilicen para introducir el capital ilícito en la economía legal, resulta preocupante la cantidad de efectivo proveniente de actividades delictivas que entra en circulación. Con consecuencias negativas en casi todos los órdenes, “ya que el dinero negro hace subir el precio de las cosas, como ocurre en el sector inmobiliario”. Sin embargo, existe “cierta tolerancia con ese capital ilícito, ya que también contribuye al funcionamiento del sistema”. Juan Miguel del Cid señala que “<em>hasta el año 2001, los países lo observaban con cierta permisividad porque les venía bien para mejorar su economía. Y los bancos lo aceptaban porque así captaban dinero. No se hacían demasiadas preguntas. Pero a raíz del 11-S saltan las alarmas porque el blanqueo se ve unido a la financiación del terrorismo”. Lo que ocurre es que, desde entonces, “las medidas de persecución que se han puesto en marcha están encaminadas a dificultar que se financien los terroristas o que aflore el dinero de la droga pero no tanto al fraude fiscal</em>”.</p>
<p>Pero, sean cuales sean las medidas legales nacionales que se establezcan, lo tendrán mucho más difícil si se continúa tolerando la existencia de paraísos fiscales, “una especie de agujero negro donde se pierde la pista del dinero”. Según las estimaciones del Banco Internacional de Pagos, la quinta parte de los depósitos bancarios existentes en todo el mundo estaban localizados en centros financieros offshore, lo que muestra su importancia real. A esas cuentas, protegidas por el secreto bancario, van a parar recursos que provienen de la delincuencia y de la corrupción. Pero también son sistemáticamente utilizados por grandes empresas: &#8220;a<em>ctualmente, más del 60% del comercio internacional se realiza entre filiales de empresas multinacionales. Y los paraísos fiscales les brindan la oportunidad de colocar los beneficios en jurisdicciones de nula fiscalidad</em>&#8220;.</p>
<p>También existen grandes lagunas dentro del sistema financiero, como la banca privada, a la que recurre con frecuencia la corrupción política. “La banca tiene una obligación, denominada Conozca a su cliente, según la cual han de identificar la legalidad de la fuente de riqueza de los clientes. En caso contrario, habrían de comunicar a las autoridades que se trata de una operación sospechosa. En la banca privada esta diligencia debería ser mayor porque estamos en un sector sensible, pero son pautas que no siempre se aplican. Se dice, por ejemplo, que Putin tiene una fortuna de 40.000 millones de dólares (sería la persona más rica de Europa) en cuentas en Suiza. Y numerosos dirigentes corruptos del tercer mundo han recurrido sin problemas a estos mecanismos”. Y es que el sector financiero cuenta con medidas para impedir el blanqueo que no observan en todos los casos: “<em>en mi experiencia, por conversaciones con medios policiales, parece que los bancos se resisten a colaborar con los juzgados. No son muy proclives a colaborar con la Justicia”.</em></p>
<p>En definitiva, estamos ante un problema de solución dificilísima, en la medida en que, además de las posibilidades estructurales y legales abiertas para que el blanqueo se produzca, hay una serie de profesionales cualificados cuya tarea principal es inventar nuevas formas de lavado de capitales. Como asegura Juan Miguel del Cid, “<em>las operaciones de blanqueo están diseñadas por abogados, auditores y asesores financieros y en algunos casos por grandes consultoras: el blanqueador es un profesional”.</em></p>
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		<title>La delincuencia económica</title>
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		<pubDate>Tue, 16 Sep 2008 18:24:03 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[blanqueo de dinero sucio]]></category>

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		<description><![CDATA[La Declaración del Milenio de Naciones Unidas (8/9/2000) proclama como valor fundamental de las relaciones internacionales, entre otros, el de la solidaridad, de tal forma que “los costos y las cargas se distribuyan con justicia, conforme a los principios fundamentales de la equidad y la justicia social”. Y asienta la seguridad, entre otros objetivos, en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Declaración del Milenio de Naciones Unidas </strong>(8/9/2000) proclama como valor fundamental de las relaciones internacionales, entre otros, el de la solidaridad, de tal forma que “<em>los costos y las cargas se distribuyan con justicia, conforme a los principios fundamentales de la equidad y la justicia social”</em>. Y asienta la seguridad, entre otros objetivos, en la “<em>lucha contra la delincuencia transnacional en todas sus dimensiones&#8230; y el blanqueo de dinero</em>”.</p>
<p>En el <strong>Forum Barcelona 2004</strong>,  el ex Fiscal Anticorrupción de España, <strong>Carlos Jimenez Jimenez Villarejo</strong>, aportó respuestas a las preguntas: ¿<em>Cómo puede controlarse por medio de la ley a las grandes empresas que actúan de forma global? ¿Cuál es el papel que puede representar el derecho internacional?</em></p>
<p>Véase en PDF: <a href="http://www.redjusticiafiscal.org/cms/uploads/delincuencia-financiera-c-jimenez-villarejo1.pdf"><strong>Delincuencia económica. Conferencia Carlos Jimenez-Villarejo</strong></a></p>
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		<title>Normas y políticas internacionales contra la corrupción</title>
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		<pubDate>Tue, 16 Sep 2008 17:43:59 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[Latinoamérica corrupción]]></category>

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		<description><![CDATA[Los países están sujetos a normas y políticas de carácter internacional con el propósito de prevenir, frenar o controlar la corrupción. Un amplio conjunto de convenciones, tratados, acuerdos y estándares dictados a través de organismos internacionales, abordan las medidas que los gobiernos deben dictar, la naturaleza y competencia de instituciones relacionadas con la prevención y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los países están sujetos a normas y políticas de carácter internacional con el propósito de prevenir, frenar o controlar la corrupción. Un amplio conjunto de convenciones, tratados, acuerdos y estándares dictados a través de organismos internacionales, abordan las medidas que los gobiernos deben dictar, la naturaleza y competencia de instituciones relacionadas con la prevención y persecución de la corrupción, regulaciones para resolver conflictos de interés que enfrentan los funcionarios públicos, la transparencia de los presupuestos y las compras gubernamentales y control del lavado de dinero y activos, entre otros aspectos.</p>
<p>Este <strong>libro</strong> – que tiene como autor a <strong>Jaime López</strong> el apoyo de CREA Internacional de <strong>El Salvador</strong> &#8211; ofrece un panorama de las normas y políticas internacionales que existen actualmente contra la corrupción, el rol que desempeñan algunos organismos que velan por su aplicación y, cuando existen, sus mecanismos de seguimiento o evaluación.</p>
<p>La primera parte se dedica a dos de los principales instrumentos jurídicos que existen a nivel internacional como son la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC) y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), cuyo artículo 13 sobre la participación de la sociedad establece que</p>
<p>“<em>Cada Estado Parte adoptará medidas adecuadas, dentro de los medios de que disponga y de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, para fomentar la participación activa de personas y grupos que no pertenezcan al sector público, como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones con base en la comunidad, en la prevención y la lucha contra la corrupción, y para sensibilizar a la opinión pública con respecto a la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como a la amenaza que ésta representa</em>”.</p>
<p>Con el fin de lograr esos objetivos, la Red por la Justicia Fiscal les ofrece este libro sobre <a href="http://www.redjusticiafiscal.org/cms/uploads/corrupcion-convenios-internacionales-contra1.pdf"><strong>Normas y políticas internacionales contra la corrupcion</strong></a></p>
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		<title>Cómo la política de los EEUU ampara la financiación de las redes yihadistas</title>
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		<pubDate>Thu, 11 Sep 2008 12:58:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delincuencia Financiera y Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[financiación del terrorismo]]></category>

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		<description><![CDATA[Juan Hdez. Vigueras*
Las torticeras intenciones político-mediáticas para hacernos olvidar las mentiras del 11-M, antes y durante las sesiones del enjuiciamiento de los acusados, lo que de verdad están tapando es el análisis del fracaso de la política imperial contraterrorista de los EEUU, evidenciado por los atentados de Madrid; Londres; Bali; Casablanca; Argel y Turquía; dejando [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Juan Hdez. Vigueras*</p>
<p>Las torticeras intenciones político-mediáticas para hacernos olvidar las mentiras del 11-M, antes y durante las sesiones del enjuiciamiento de los acusados, lo que de verdad están tapando es el análisis del fracaso de la política imperial contraterrorista de los EEUU, evidenciado por los atentados de Madrid; Londres; Bali; Casablanca; Argel y Turquía; dejando aparte la cruenta ocupación de Irak.  Y las alarmas policiales sobre la aparición de yihadistas de segunda generación corroboran que el planteamiento de esta lucha frente al terrorismo islamista es irreal. Recientemente los servicios secretos daban noticia de una compleja red de financiación que desde España y Francia mantiene en el Norte de África a grupos salafistas vinculados a Al Qaeda; revelando unas tramas sofisticadas de flujo dinerario que van más allá del tradicional hawala (entregas en un lugar basadas en la confianza personal o étnica, compensadas por otras entregas en otro lugar); porque la dimensión global de estas redes utiliza la fluidez los mecanismos financieros disponibles en centros offshore; por ejemplo, simulando una facturación de falsos servicios de informática se remitía dinero a residentes argelinos en España desde las Bahamas (El País, 1/5/2007)</p>
<p>Sin embargo, nadie profundiza porque es una cuestión tabú ya que toca el sólido pilar de la absoluta libertad de la banca transnacional. Aunque está clara la imbricación del terrorismo con los mercados financieros mundializados, como testimonia sin pretenderlo un reciente libro en los EEUU con el expresivo titulo de Global Financial Warriors. The Untold Story of the International Finance in the post-9/11 World  (“Los guerreros financieros globales. La Historia no contada de las finanzas Internacionales en el mundo posterior al  11 de Septiembre”) Aunque su autor John B. Taylor, Subsecretario del Tesoro de 2001 a 2005, solo intenta contarnos sus éxitos como gestor activo en el marco de la llamada “war on terror”, relatando, entre otras, la “reconstrucción financiera” de Afganistán; el aumento del control imperial sobre el FMI y el Banco Mundial; e ilustrarnos acerca de  cómo los dólares irakies congelados en los EEUU desde la primera guerra del Golfo sirvieron para financiar los pagos militares y civiles en el Irak invadido y la nueva moneda introducida fue respaldada por los propios dólares de Sadam Husseim, con la colaboración subalterna del gobierno de Aznar que autorizó  a la Fábrica de Moneda y Timbre española para imprimir casi la mitad de los nuevos billetes de dinares gratis (págs. 233-242)</p>
<p>Pero, ante todo, el relato de este profesor de la Universidad de Stanford y colega de Condolezza Rice, desarrolla el argumento de la política financiera como el tercer pilar de la política exterior de los EEUU, junto al pilar político y al militar, resaltando sus esfuerzos para controlar los flujos de la financiación terrorista, aunque antes como profesor e investigador de varios centros de estudio neoconservadores, había trabajado &#8211; oh  paradoja &#8211; por la promoción de la libertad de los flujos financieros.  De ahí que subraye sus logros para activar la aletargada la Oficina de control de activos extranjeros (OFAC)  creando un grupo especifico, el War Room dentro del mismo Departamento del Tesoro y promoviendo grupos de trabajo especializado dentro del FBI y de la CIA; corroborando indirectamente que era una falacia el pretendido aparato preventivo para detectar el dinero sucio en los EEUU tras los graves atentados precedentes contra los intereses estadounidenses. Como entonces se contó, en las semanas siguientes a la tragedia del 11 de Septiembre, ya se sabía que los terroristas “habían dejado un amplio rastro de papel de cuentas bancarias, tarjetas de crédito y transferencias de dinero mostrando que utilizaban el sistema bancario sin filtros” (The NYTimes, 17/10/2001)  Pero el libro no menciona la elaboración de la “ley patriótica” (Patriot Act), ni los duros debates frente a la oposición pública de la American Bankers Association y en particular, del Citigroup y J.P. Morgan Chase contra las medidas propuestas por los senadores, Carl Levin demócrata, Charles Grassey republicano y John Terry, el derrotado candidato presidencial más tarde, que llegaron a presentar hasta 11 proyectos de ley para reforzar las medidas preventivas.</p>
<p>Conocedor del alcance de la globalización financiera, Taylor contrarió el unilateralismo de Bush al buscar la implicación de los ministros de finanzas del G-7 y del GAFI,  el grupo intergubernamental creado en 1989 para combatir el blanqueo de capitales, activando con carácter multilateral el control de los flujos financieros terroristas.  Porque las distinciones conceptuales de los expertos solo valen a efectos puramente metodológicos de análisis y exposición; la prosaica realidad actual muestra que los flujos financieros transnacionales carecen de marca identificativa, vengan de la droga, de las mafias del esclavismo, del yihadismo, de los bancos y grandes corporaciones o de las remesas de emigrantes. Por eso resulta ineficaz  la pretensión de que se considere que es dinero terrorista únicamente si proviene de una organización catalogada como tal previamente, pero no así si proviene de cualquier banco o entidad aunque su destino final sea las manos de grupos salafistas del Norte de Africa o de Birmingham.</p>
<p>Por cierto que Taylor recuerda el problema de la elaboración las listas de entidades benéficas y grupos identificados como terroristas que tuvo al final un carácter arbitrario y no siempre fundado, como en el caso de Hamas. Además de la congelación de los activos financieros de las entidades catalogadas como terroristas, los listados comprendían 162 denominaciones a finales de 2001. Pero ciertamente quedaron excluidas todas las entidades offshore que libremente, sin identificación del titular, pueden constituirse en paraísos fiscales, por vía telemática en Anguila y por agentes en Gibraltar, donde el titular de una sociedad de no-residentes puede  ser otra entidad registrada en cualquier sitio. El  seguimiento del dinero de los terroristas, como revelaba el New  York Times en el verano de 2006, se llevó a cabo con la cooperación de bancos centrales incluido el Europeo  y del Banco Internacional de Pagos de Basilea, con la aportación imprescindible de la plataforma telemática  de la sociedad  conocida por sus siglas en inglés SWIFT, que permite el intercambio de millones de transacciones  financieras sin control estatal, aunque en este caso, el acopio información se centró sobre fondos de los sospechosos terroristas, al margen de los Estados por donde pasaban. Como sigue siendo materia reservada, no se aporta información que demuestre la eficacia de los listados, olvidándose el autor en este asunto de la rendición de cuentas, la “acountability” que dice haber introducido en el Banco Mundial.  En el libro abundan las alusiones personales a los diversos gobernadores de Bancos centrales y ministros de finanzas en activo de  países como Brasil, México, Turquía o Irak pasando por  el Banco Mundial y el FMI, como amigos o colegas del autor,  ilustrando la disponibilidad por los EEUU de un entramado mundial de ilustres tecnócratas vinculados a instituciones estadounidenses donde asimilaron la doctrina político-económica que comparten.</p>
<p>En ningún párrafo del libro comentado se hace la menor referencia a la posibilidad de algún tipo de acuerdo internacional para un control de los flujos financieros internacionales delictivos. Aunque el texto del primer comunicado del G-7 en  2001 &#8211; que Taylor reproduce como un logro personal al ser suscrito por los países del mundo que representan la mitad del PIB mundial &#8211; alude en el último párrafo a la necesidad de mejorar la supervisión de los centros financieros extraterritoriales u offshore, denominación técnica de los paraísos fiscales. Pero el autor simula ignorar las dificultades en la práctica que justificaron el desplazamiento en persona de su colega en el Departamento, el Subsecretario de Vigilancia financiera Jimmy  Gurule al microestado alpino de Liechtenstein en 2002, para lograr que se congelaran los activos financieros de la familia saudita de Bin Laden; uno de tantas omisiones significativas de hechos que en su día fueron registrados por la prensa  (The Observer, 27/10/2002). Porque demuestran la resistencia de la banca a cualquier medida de control en aras del interés general, una vez alcanzada la desregulación de los movimientos internacionales de capitales. Desde luego, cualquier análisis de estas políticas que pretenden combatir a los grupos yihadistas evidencia sus graves carencias; la primera, su carácter ex post pretendiendo combatir el financiamiento del terrorismo cuando ya ha tenido lugar el flujo financiero que lo sostiene; y la segunda es sobre todo el carácter intocable del sustrato ideológico neoliberal que subyace al sistema financiero internacional.-  (publicado en el sitio web de Attac-Madrid, 2007)<br />
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* Comité de apoyo de Attac. Autor de Los Paraísos Fiscales. Cómo los centros offshore socavan las democracias. AKAL,2005</p>
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